Saltar al contenido principal

12 de julio de 2021 - Tiempo de lectura 4 min

Pymes: claves para completar adecuadamente los modelos trimestrales

Presta especial atención al modelo 115, el 111, 303 y el modelo 202.

Cada tres meses, muchas pequeñas y medianas empresas deben presentar ante la Agencia Tributaria una serie de documentos fiscales de carácter obligatorio. Entre ellos destacan el modelo 115, el modelo 111, el modelo 303 y el modelo 202. Cada uno de ellos certifica un aspecto diferente y, por consiguiente, requiere incluir datos distintos. Para ayudarte en esta tarea, te explicamos en este artículo las principales claves que debes saber para completar los modelos trimestrales y evitar que tu Pyme incurra en errores burocráticos.  

Algunos modelos de Hacienda se presentan cada tres meses, entre los días 1 y 20 de abril, de julio, de octubre y de enero, respectivamente. Para que la vuelta de vacaciones no te suponga poner al día todos tus pagos y facturas, te presentamos a continuación las claves que debes tener en cuenta para cumplimentar los principales modelos que las Pymes deben enviar este mes de julio y el próximo mes de octubre.

Modelo 115: declaración de las retenciones de alquileres

El modelo 115 de liquidación trimestral se emplea para declarar a Hacienda las retenciones practicadas por alquileres a lo largo del trimestre, ya sea una oficina, un taller o cualquier otro espacio alquilado.  

Para poder rellenar el modelo, es necesario disponer de todos los pagos a través de facturas donde el declarante haya retenido el IRPF por alquiler. Si tienes todas las facturas bien controladas, al final del trimestre solo tendrás que revisarlo y presentarlo directamente a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.  

En el caso de que prefieras domiciliar el pago, debes saber que el periodo para realizarlo es desde el día 1 al 15 del mes correspondiente. Recuerda que siempre es preferible realizar los trámites con tiempo para evitar posibles sanciones de Hacienda por presentar los modelos fuera de plazo.

Modelo 111: declaración de las retenciones del IRPF

El modelo 111 se utiliza para declarar las retenciones del IRPF a las empresas, de tal manera que Hacienda pueda tener constancia de cuánto se ha retenido durante el trimestre correspondiente.  

Las retenciones del IRPF se aplican en las nóminas, las facturas y otras operaciones financieras. Para poder rellenarlo debes tener presente, tanto en metálico como en especie, la documentación de las siguientes actividades: 

  • Las nóminas de todos los empleados 

  • Los servicios profesionales prestados 

  • Los premios en juegos o concursos 

  • Las ganancias de aprovechamientos forestales  

  • Las contraprestaciones por derechos de imagen 

También es importante saber que hay gastos deducibles del IRPF que se pueden desgravar para ahorrar en tu declaración, entre ellos, los gastos de la Seguridad Social, de alquileres o de personal. 

Modelo 303: declaración del IVA

El modelo 303 permite realizar la declaración del IVA para aquellas empresas que lo presenten trimestralmente, atendiendo al gravamen aplicado a todos los clientes.  

Para poder liquidar el IVA debes tener lafactura de todos los gastos y dividir la información de acuerdo con los siguientes criterios: 

  • Separar los valores entre la base imponible (cantidad a pagar o recibida, a partir de la cual se aplica el IVA) y el valor de la cuota del IVA. 

  • Separar en función del tipo impositivo del IVA, que puede ser del 4%, del 10% o del 21%, según el caso. 

  • Diferenciar atendiendo a la procedencia del ingreso o del gasto, según sea nacional, europeo o extracomunitario. 

  • Dividir los gastos según sean corrientes, aquellos que se consumen en menos de un año, o inversiones, que son activos que duran más de un año.  

Clasificando la información en función de estos cuatro apartados, podrás realizar la declaración trimestral del IVA en la Sede Electrónica con mayor facilidad y sin caer en los errores más comunes a la hora de diferenciar los datos del IVA.

Modelo 202: pago fraccionado sobre el impuesto de sociedades

El modelo 202 es una declaración y autoliquidación periódica sobre el Impuesto de Sociedades que grava la renta de las sociedades y las entidades jurídicas. El pago de este impuesto se formaliza en el cómputo anual presentado al año siguiente en el modelo 200. 

Se trata de un trámite obligatorio para todas aquellas sociedades que cuenten con un volumen de negocio superior a los 6 millones de euros o aquellas que no hayan alcanzado esa cifra en el año impositivo anterior, pero hayan obtenido un resultado positivo de su ejercicio.

Para cumplimentar este modelo debes conocer la cifra de negocio de tu Pyme y puedes calcular el pago de dos maneras, según la Ley del Impuesto de Sociedades: a través de la modalidad del artículo 40.2 o la modalidad del 40.3. Es importante destacar que esta última modalidad es obligatoria para los contribuyentes con una cifra de negocio de más de 6 millones de euros en los 12 meses anteriores al periodo impositivo. 

Siempre es recomendable realizar los modelos a comienzo del mes correspondiente, antes del día 20 o antes del día 15 si se trata de un pago domiciliado. De esta manera, no solo te asegurarás de evitar posibles retrasos y sanciones de Hacienda, sino que también te permite poder adelantarte para tener bien controlados todos tus pagos y facturas. 

Etiquetas relacionadas:

Compartir artículo:

Descargar artículo en PDF

Últimos artículos y novedades

Ver todos los artículos